Milei ataca de nuevo: la reforma política en la mira

Lo intentó en la primera versión de la Ley Bases, pero como no prosperó, casi un año después insiste. Qué propone esta nueva iniciativa.

A comienzos de este 2024 escribí en tres entregas consecutivas sobre la propuesta de reforma política que Javier Milei impulsó en la primera versión de la Ley Bases para el sistema argentino. La primera se concentró en la forma de elección de los diputados nacionales. La segunda hizo foco sobre el tamaño de la Cámara de Diputados. Y la tercera en las reglas del financiamiento política. Quién lo hubiera dicho: cierro el año contándote sobre la nueva propuesta de reforma, que retoma alguna de esas ideas del comienzo y otras las deja de lado. Otra vez la reforma política al trigo.

Cambios en la ley de partidos

El problema de la propuesta de reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei, hoy, no es tanto sobre el instrumento de votación (la boleta única papel o electrónica, por ejemplo) ni sobre el proceso de selección de candidaturas (PASO sí, PASO no), es sobre los requisitos para reconocer partidos políticos como actores con la capacidad única para presentar candidaturas a cargos públicos nacionales. 

Esto no necesariamente hace que los cambios que se quieran implementar generen un impacto inmediato positivo en la representación ciudadana, en la fragmentación de la oferta política y, consecuentemente, en la cantidad de bloques que luego se arman en la Cámara de Diputados y en el Senado de la Nación. Para eso faltan elecciones. Un par, al menos. Sin embargo, de primera mano podemos sacar algunas conclusiones tentativas sobre la efectividad y la eficacia que puede tener este cambio del status quo en términos de la cantidad de partidos políticos que quedarán registrados en la justicia electoral federal en caso de que la propuesta de reforma encuentre el visto bueno de ambas cámaras en las sesiones extraordinarias de finales de este largo 2024.

Desmenucemos. El anteproyecto presentado por el oficialismo tiene en su artículo 1° lo que serían las nuevas reglas de juego para los partidos de distrito. Estos son los que están habilitados para presentar listas de diputados y senadores nacionales cada 2 años, en cada una de las 24 provincias del país. La redacción arranca con algo nuevo que la actual normativa no tiene: quienes se presentan ante el juez electoral federal competente tienen que ser, al menos, “50 ciudadanos electores del distrito correspondiente”. Hasta ahora no había un requisito en términos de cantidad. ¿Por qué 50? Contabilidad creativa, imagino. Son considerados por la nueva norma como los fundadores del espacio y su rol resalta en caso de que el pedido formal ante la Justicia caiga cerca de una elección nacional.

El segundo cambio es un aumento de la cantidad de afiliados que se exige para obtener el reconocimiento jurídico. Hasta hoy es del 4 por mil de los electores de cada provincia (0,4%) con un tope máximo de 1 millón. La reforma eleva el requisito hasta el 5 por mil (0,5%) y aumenta el tope a 2 millones. Los cambios, entonces, van por dos líneas. Por un lado, aumenta 0,1 puntos porcentuales la cantidad de afiliados por distrito. Por otro lado, duplica el máximo que se usa de base para calcular los afiliados mínimos para los distritos grandes. Acá está la clave de una nueva normativa que busca ser más dura y exigente con el reconocimiento jurídico de los partidos políticos en la Argentina.

¿Qué implican esos máximos? Vamos con un ejemplo. Con la normativa actual en la provincia de Buenos Aires, quienes quieran presentar un partido político de distrito, tienen que reunir solamente 4.000 firmas de afiliados. Esto es así porque al día de hoy hay 13.110.768 electores en la provincia y, siendo el máximo de 1 millón, el 4 por mil de los electores da 4.000. Esto aplica por igual para Córdoba, Santa Fe, Ciudad de Buenos Aires, Mendoza, Tucumán, Entre Ríos, Salta y Chaco, todos distritos que superan el palo.

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La nueva norma duplica la base del cálculo y aumenta con creces las exigencias para que te firmen la carpetita en el juzgado. Así quedaría de acá en adelante, en caso de que salga aprobado.

Fuente: elaboración propia en base a datos de la Cámara Nacional Electoral.

El nuevo máximo aplicaría solo para los cuatro distritos más grandes, quienes ahora tendrán que presentar 10.000 afiliados (2 millones multiplicado por 0,5%). En provincia y Ciudad de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe el aumento es del 250%. Las otras grandes también tienen un salto grande que se ubica por encima o cerca del 150%, y en todas las demás la exigencia sube un 125%.

El cambio propuesto, en esta dirección, podría ser importante en términos de la cantidad de partidos políticos que tienen reconocimiento jurídico actualmente según la Cámara Nacional Electoral. Al 31 de octubre, el último informe que arroja el dashboard que armó el equipo de datos indica que hay 718 partidos de distrito reconocidos y 47 nacionales. La provincia de Buenos Aires puntea en el ranking, con 77 de distrito y 3 nacionales (80 en total), mientras que la Ciudad tiene actualmente 10 de distrito y 40 nacionales (50 en total). Un dato no menor: en la vieja Capital Federal tienen asiento el 85% de los partidos políticos con reconocimiento nacional. Dios está en todas partes, pero empieza compitiendo en Buenos Aires.

Esto me da el pie para el tercero de los grandes cambios en términos de reconocimiento jurídico, el que aplica a los partidos nacionales. Estos son los que pueden presentar candidatos a presidente, vice y parlamentarios del Mercosur a distrito único nacional. Puede solicitarlo, hasta el día de hoy, quienes tengan reconocimiento en 5 distritos del país. El cambio propuesto exige dos nuevos requisitos. Primero, que el reconocimiento sea en 10 provincias al menos, el doble de las actuales. Segundo, “que la suma de todos los afiliados de todos los distritos represente al menos el uno por mil (0,1%) del total” del padrón electoral nacional.

Con este cambio, el mapa partidario también cambia bastante. De los 47 partidos nacionales, algunos ni llegan al mínimo de 5 provincias que exige la ley, como ocurre con el Partido Popular (en 3 solamente) o con el Partido Conservador Popular (en 4), dos históricos que prestaron sus sellos a múltiples candidatos. Aplicando el nuevo criterio, solamente 17 partidos quedarían en pie. Además de los mencionados, el Partido de la Concertación FORJA (al que pertenece el gobernador de Tierra del Fuego, Gustavo Melella), el Partido de los Trabajadores por el Socialismo (PTS) y el histórico Partido Demócrata Cristiano desaparecerían si no se ajustan a los nuevos requisitos. El Partido Justicialista, la Unión Cívica Radical y el PRO, los únicos tres partidos con reconocimiento jurídico en todas las provincias, tienen hechos los deberes. Al igual que Libres del Sur, el Partido Solidario (de Carlos Heller), el Partido de la Victoria, el Partido Socialista, Kolina y la Coalición Cívica, por mencionar algunos.

El cuarto ajuste es el articulado que refiere a cómo pueden perder la personería jurídica. Acá la cosa se pone un poco más dura. La primera parte respeta bastante la normativa vigente, indicando causales de pérdida la no celebración de internas partidarias durante 4 años; o bien no presentarse a dos elecciones nacionales consecutivas. En la segunda parte se eleva el mínimo de votos necesarios logrados en una elección nacional: pasa del 2 al 3% del padrón del distrito. Adicionalmente, exige mantener los nuevos pisos de afiliados indicados en la propuesta de reforma, los cuales caerán en el Ministerio Público Fiscal como responsable de chequearlo el segundo mes de cada año.

Para todo esto, los apoderados no tienen que correr el año que viene. La reforma propuesta les da tiempo hasta mediados del 2026 a todos los partidos políticos vigentes actuales para cumplir con todo lo que les exigiría el Estado a partir de su aprobación. Y, si el trámite de reconocimiento está pendiente, también tendrán que hacerlo. Corta la bocha.

Cambios en la selección de candidatos

En un anteproyecto aparte y distinto al anterior aparece la propuesta de eliminación de las PASO. En 67 artículos que abarcan unas 21 páginas del PDF se vuelve para atrás a la reforma aprobada en el año 2010 e implementada por primera vez en el 2011 en adelante. Doce años de vida para un sistema de primarias único en el mundo, que ahora parece que tiene varios planetas alineados para su eliminación definitiva, tal como lo adelantaron Gabriel Sued e Iván Schargrodsky en sendas notas al respecto.

¿Qué alternativa se propone? Ninguna. El cambio implicaría que cada partido político, confederación de partidos y alianza electoral defina a partir de ahora cómo va a elegir a sus listas a candidatos a cargos públicos nacionales. Podrá ser, de mayor a menor participación ciudadana, por decisión dirigencial (dedazo), internas partidarias cerradas (solo afiliados), internas partidarias semiabiertas (afiliados propios e independientes no afiliados a otros partidos) o primarias (todo el electorado). Éstas últimas, claro, correrán por cuenta y costo de aquellos que decidan hacerlo. De modo que, si la reforma se aprueba, el Estado deja de solventar la celebración de las primarias para todos los actores del sistema. No hay plata.

Este pedido de reforma vino con otras dos debajo del brazo. María del Pilar Ramírez, legisladora porteña del bloque de La Libertad Avanza, presentó un proyecto de 32 artículos y 18 páginas que propone eliminar las primarias en el distrito. Rubén Eslaiman, diputado de la provincia de Buenos Aires del peronismo y referenciado con Sergio Massa, hizo lo propio, pero solicitando la suspensión en lugar de su eliminación y solo para el año 2025.

Que ambos distritos vayan en línea con las discusiones nacionales tiene su lógica. En primer lugar, hay una necesidad de articulación política entre la Ciudad, la provincia de Buenos Aires y la Nación. Lo que ocurra en ambos territorios será determinante en términos de la lectura que se haga una vez que transcurra el calendario electoral 2025 para definir ganadores y perdedores. Muchos actores se juegan muchas cosas. En segundo lugar, hay una necesidad legal en la provincia: el artículo 2 de la Ley N° 14.086 indica que una vez que el presidente de la Nación convoque a elecciones primarias, el gobernador bonaerense debe hacer lo mismo. Si no hay PASO nacionales, ¿para qué PASO provinciales si no hay que atar nada con nada?

El escenario aún es incierto e impreciso. En particular porque no hay consenso por el nuevo sistema que reemplazaría al sistema que quieren eliminar. Una de las propuestas hechas públicas en la última semana corresponde a Sebastián Galmarini, politólogo y la voz electoralista del Frente Renovador. En lugar de PASO sugiere ir hacia las PAS, quitando la obligatoriedad del voto ciudadano, pero manteniendo la celebración de primarias, abiertas y simultáneas entre todos los partidos y coaliciones que decidan competir. De esta manera, solo votarían afiliados e independientes no afiliados, algo que aplicaría tanto para partidos políticos como para las alianzas que se armen. En pocas palabras, unas internas a la uruguaya. Un sistema que también está vigente en Chile, si es que los partidos políticos optan por hacerlo de esta manera. No vaya a ser que, en caso de prosperar la eliminación de nuestras primarias y no su suspensión transitoria, toda la dirigencia política de izquierda a derecha se encuentre en un brete que obligadamente la lleve a pensar y volver a venderle a la sociedad un sistema de selección de candidaturas de cara a 2027. #LaGenteVota alerta.

¿Y las consecuencias? En caso de que ambas propuestas de anteproyecto sean aprobadas en sesiones extraordinarias, tendríamos unas elecciones 2025 con la misma cantidad de partidos políticos que tenemos vigentes, dado que los cambios en la ley de partidos políticos correrían a partir del año 2026 y recién podrían verse reflejados parcialmente en las elecciones 2027. Con menores incentivos para competir en alianzas como viene ocurriendo hasta ahora, esto posiblemente aumente la cantidad de listas que deberán aparecer en la flamante Boleta Única Papel (BUP), la cual, a partir de la reglamentación aprobada que indica un máximo de tamaño para el diseño del nuevo instrumento, posiblemente tenga que ajustar el tamaño de la letra y de las columnas para que todos entren. No vaya a ser que esto genere mayores dificultades para identificar, encontrar y votar por la opción que elige cada elector. ¿Un tiro por la culata?

Argentina, un laboratorio con buena gente.

Cambios en el financiamiento de la política

El último cambio viene por el lado de las reglas del financiamiento de campañas y del financiamiento de los partidos políticos. Lo que ahora proponen profundiza mucho más la propuesta que se incluyó en la “Ley Bases” de comienzos de año. La primera reforma en esta línea es absolutamente revolucionaria. Se sugiere derogar toda la normativa que establece el control patrimonial anual de los partidos políticos (“Título II” de la Ley N° 26.215). Esto quiere decir que, en caso de aprobarse, los apoderados y responsables administrativos de cada organización no tendrán que rendir cuentas ante la justicia electoral federal. Chau fiscalización y control. En paralelo, también propone eliminar el “Capítulo III” del “Título III” de la Ley N° 26.215 que establece los lineamientos del financiamiento público de las campañas electorales. El Estado ya no aportaría fondos, como tampoco repartiría espacios en los medios de comunicación audiovisual (“Capítulo III bis” del “Título III” Ley N° 26.215) ni tampoco impediría que se difundan encuestas 8 días antes porque ahora pasarían a ser 3 días antes. Todos puntos que fueron incluidos con la reforma del año 2010 que incorporaron las PASO.

¿Y qué modelo propone? Uno con fuerte impronta de aportes privados a las campañas electorales y a los partidos políticos. La propuesta incluye elevar del 2% al 35% el límite de aportes que puede hacer una persona física (cualquier mortal) y jurídica (cualquier organización) en forma privada. A comienzos de este año la sugerencia fue elevarlo al 20%. A esto se suma la derogación del Art. 45 de la Ley N° 26.215, que establece los límites de gastos en campaña. En resumen, se desatan todas las limitaciones establecidas en la legislación actual que refieren a topes, exigencias y requisitos para la celebración de campañas electorales.

Tal como decíamos en aquella entrega de comienzos de año en este espacio, se vuelve a impulsar una propuesta que pasa de un modelo equilibrado público-privado a uno donde el segundo le come espacio al primero. Más Estados Unidos, menos Europa. Como me comentó aquella vez Delia Ferreira Rubio, especialista en la temática y presidenta de Transparency International (2017–2023), “no existe un sistema óptimo de financiamiento político. Por eso es una mala receta copiar normas que pueden ser eficientes en otros contextos”.

Politólogo, consultor e investigador independiente. Hoy lo encuentran dando clases en UBA y UTDT. Le encantan las elecciones y le sacan menos canas verdes que Racing. Un hobby que tiene es aprender la historia de los partidos políticos. Cree que la política marida muy bien con un tinto.