Ley Ómnibus: marchas y contramarchas sobre los artículos ambientales 

El proyecto enviado al Congreso por el Gobierno propuso modificaciones en las normas que protegen los glaciares, los bosques y los territorios de las quemas. Posteriormente, varios de estos cambios volvieron hacia atrás, pero dejan un precedente a considerar.

Hola, ¿cómo estás? La Ley Ómnibus es un verdadero bondi. No solo por sus más de 600 artículos que van desde la desregulación económica hasta el sistema de partidos, pasando por el código penal y la movilidad jubilatoria, sino que también por lo enorme del paquete se hicieron modificaciones y ya no se entiende muy bien qué es lo que queda y qué se cambió. 

Hoy nos vamos a concentrar en tres leyes ambientales que inicialmente se iban a ver modificadas, pero al momento de escribir esta entrega parecieran haberse moderado los cambios. Sin embargo, hasta que salgan los dictámenes de las comisiones, todo está por verse. 

En particular, vamos a hablar de la modificación de la Ley de Glaciares, de la Ley de Bosques, la Ley de Quema y la del manejo del fuego. ¿Por qué? Las modificaciones planteadas en la Ley Ómnibus se justificaban -según la propia normativa presentada- por una necesidad de favorecer la inversión, por lo que nos atañe particularmente. 

La era del hielo  

Allá por el 2008, el entonces diputado nacional Miguel Bonasso presentó el proyecto de la Ley de Glaciares que fue aprobado unos meses más tarde y vetado por la expresidenta Cristina Fernandez de Kirchner. Más tarde, en 2010, Daniel Filmus -cuando era senador- presentó nuevamente el proyecto con algunas modificaciones, que fue aprobado y reglamentado posteriormente. Los tres personajes de la historia eran del mismo partido -el Frente para la Victoria-, es decir que incluso hace más de diez años ya era un tema que causaba un poco de revuelo y oposiciones hasta dentro del propio espacio gobernante. 

Pero, ¿qué establece la ley? Por un lado, crea el Inventario Nacional de Glaciares, de forma tal de identificar cada uno de los glaciares y las geoformas periglaciares que constituyen reservas de agua y reguladores hídricos. Por otro lado, una vez identificados los glaciares, el objetivo de la ley es preservarlos -tanto por su valor estratégico como por su biodiversidad y como atractivo turístico- y prohibir una serie de actividades a realizarse en sus proximidades. En particular, se prohíbe la instalación de industrias, de exploración y explotación de minas e hidrocarburos, la liberación de sustancias contaminantes y la construcción de obras de infraestructura. Es decir, se limita la posibilidad de realizar ciertas actividades económicas allí. 

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Como te podrás imaginar, pese a su aprobación la ley tuvo varios episodios de conflictividad política. En nuestro país, los recursos naturales son dominio de las provincias, por lo que la determinación por parte de la Nación de una zona en la que no pueden realizarse ciertas actividades puede interpretarse como un avasallamiento de los derechos provinciales. Esta lectura se observó principalmente en las provincias mineras -o que tienen recursos mineros-, ya que hay cierto solapamiento entre los lugares que podrían explotarse para la obtención de minerales y los glaciares. 

A partir de esta lectura, la Ley Ómnibus presentada originalmente planteaba un supuesto avasallamiento de la Nación sobre las provincias que justificaba la modificación de la ley. ¿Qué aspecto se quería cambiar? Con la presentación original se buscaba excluir a las zonas periglaciares de las prohibiciones de actividades. Es decir, el objetivo era permitir las actividades económicas previamente mencionadas en esas zonas que constituyen, junto a los glaciares, reservas de agua. 

Con los cambios difundidos en los medios de comunicación el lunes, el ambiente periglacial se encontraría contemplado dentro de la zona de prohibiciones para realizar actividades mineras, hidrocarburíferas y de liberación de sustancias contaminantes, pero no así para la instalación de obras de infraestructura e industriales. 

En resumen, el proyecto en su versión original buscaba habilitar la actividad económica en zonas que ya habían sido determinadas como un objetivo de conservación y relevancia para la vida -tanto humana como animal y vegetal-. Ahora pareciera morigerarse dicho cambio. 

Siempre voy a contramano, si todos vienen yo voy 

El segundo punto que nos importa hoy es la modificación de la Ley de Bosques. Hace unos meses charlamos en este espacio con Lucas Figueroa, becario postdoctoral de la UNSAM/CONICET y research associate del AHC/Geneva Graduate Institute, que se especializa en la materia. En la nota nos indicaba que el objetivo de la ley es preservar ciertas zonas en el marco de un proceso de expansión de la frontera agrícola por el boom de los commodities. La ley define distintos criterios de conservación de los bosques nativos en función de qué tan relevante se considere su preservación para la conservación de la vida silvestre y humana. 

Se consideran tres niveles de conservación alto (rojo), medio (amarillo) y bajo (verde) y las provincias son quienes deben hacer cumplir la ley mediante sus propios arreglos institucionales. ¿Por qué las provincias? Por un lado, como dije anteriormente los recursos naturales son provinciales. Por otro lado, en cada una intervienen actores distintos y las realidades son diferentes, por lo que resulta clave el conocimiento del territorio. Te recomiendo leer la entrevista a Lucas para interiorizarte más. 

Además de esto, la ley actual define un piso del 0,3% del presupuesto nacional que debe asignarse al Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos -una forma de contribuir como Nación al esfuerzo realizado por las provincias-. Pese a que este piso no se cumplió desde su sanción en 2007, estas reglamentaciones resultan como la utopía de Eduardo Galeano, sirven para acercarse y tener un punto de comparación para determinar cuánto falta para cumplirse. 

Entonces, ¿qué decía la Ley Ómnibus en su forma original? En su artículo 500 habilita los proyectos de desmontes de bosques nativos de las categorías de alto y medio nivel de conservación, previo cumplimiento de las entregas a las jurisdicciones de los estudios de impacto ambiental. Es decir, se vulneran espacios que originalmente no deberían poderse desforestar de ninguna manera -según lo establecido en el artículo 14 de la ley sancionada en 2007-.

A su vez, el articulado original de la Ley Ómnibus elimina el piso del 0,3% del presupuesto nacional destinado al Fondo de Bosques Nativos y lo reemplaza por una asignación presupuestaria del Poder Ejecutivo, es decir le brinda mayor discrecionalidad a esta partida. Más allá de no haberse cumplido el piso con anterioridad, su eliminación supone un riesgo de desfinanciamiento aún mayor. 

Por suerte, según los cambios difundidos por el gobierno, todos estos cambios se deben a una confusión en la redacción de la ley y no a una voluntad de avanzar sobre estos puntos. Con los cambios sugeridos -veremos cómo queda la ley después del dictamen- volverá la prohibición de desmontes en zonas de alto y medio valor de conservación y se garantizará el mismo presupuesto que en 2023 para el Fondo en 2024. Sin embargo, no indica un nuevo piso ni qué pasará en los años venideros. 

Ahora bien, en la misma entrega en la que hablamos sobre la Ley de Bosques también charlamos con Leonardo Park y Ángeles Sancisi sobre las nuevas reglamentaciones de la Unión Europea para la importación de productos que provengan de zonas deforestadas. Flexibilizar las normas que intervienen en la conservación de los bosques nativos puede tener un efecto directo en la capacidad de nuestro país de exportar productos a determinados destinos. Si bien, hoy en día estas restricciones provienen de la Unión Europea, no se puede descartar que en un marco de debate internacional cada vez más preocupado por la conservación del ambiente, se repliquen a otros bloques comerciales y países. Es decir, pese a tratarse de una modificación tendiente a facilitar las inversiones en nuestro país, el avance del desmonte puede generar que no puedan ubicarse los volúmenes producidos en los mercados internacionales. 

Siento como el fuego me quema por dentro  

El último punto que nos compete en esta entrega es el manejo del fuego y las quemas. Quizás recuerdes que los últimos veranos circularon videos e imágenes de campos prendidos fuego. A veces, estas quemas son intencionales por parte de los productores y dueños de los campos por una cuestión productiva, otras veces suceden por otros motivos sin que exista una intencionalidad. 

La Ley de Quemas actual establece en su artículo tercero que está prohibida la quema sin autorización de las autoridades competentes. Esto se debe a que por diferentes motivos, que van desde las condiciones climáticas para prevenir que los fuegos se propaguen hasta la conservación de la flora y fauna, es necesaria una evaluación de los procesos de quemas. En otras palabras, si se queman muchísimos lugares al mismo tiempo en un momento en que no es conveniente y se expande el fuego, se corren muchos peligros. 

La Ley Ómnibus original buscó delimitar el tiempo en el que la autoridad podría expedirse -unos 30 días- y en caso de no hacerlo, autorizarse automáticamente la quema. Pero, pensemos esto unos segundos. ¿Hiciste algún trámite en tu localidad, provincia o en la Nación? A veces demoran un poco, a eso sumale que es necesario analizar una multiplicidad de factores para autorizar las quemas. Sin dudas, 30 días quedan cortos para esto, por lo que se estarían autorizando de forma implícita las quemas que de otra manera quizás no podrían realizarse. Esta suposición no parece muy descabellada, tanto es así que una de las modificaciones que se hicieron al texto original es prolongar el período de autorización a 90 días. 

Hasta el momento, todas las modificaciones que te comenté fueron positivas, ¿no? Bueno, lamentablemente no todo es así. En 2020 se aprobó la Ley 27.604 que prohibía la venta, el cambio de uso y destino y la división de aquellas áreas donde haya habido incendios -provocados o accidentales- por 60 años. Según lo planteado en su articulado, se buscaba impedir la especulación de la tierra productiva, de los bosques nativos y de los humedales que pudieran sufrir incendios, de forma tal de impedir la expansión de negociados urbanos o agrícolas sobre tierras que no estaban destinadas a ello previamente. Bueno, en la modificación que circula de la Ley Ómnibus esta prohibición sería derogada, algo que no estaba contemplado en el proyecto presentado a fines del año pasado. 

No se puede así vivir, mi corazón  

Más allá de que gran parte de los artículos propuestos en el capítulo ambiental parecieran volver hacia atrás, la propia intención de avanzar en estas leyes nos lleva a reflexionar sobre la forma en la que se realizan estas modificaciones. 

Todas son leyes que se lograron en base a discusiones públicas en las que participó la sociedad civil en sus diferentes formas. Esta forma de cambiar las leyes no solo es perjudicial como antecedente porque quebranta el ciclo de las políticas, no hubo ninguna evaluación pública, no se abrió el debate a los actores participantes ni se pensaron modificaciones para mejorar las leyes, sino un cambio radical en ellas. También es perjudicial porque supone un posible foco de conflictos. En la medida en que ciertos debates estaban “cerrados” o delimitados por las leyes que se alcanzaron en base a la deliberación pública, las modificaciones allanan el camino para reacciones contestatarias a la voluntad del Estado. 

En caso de que las empresas sean más libres de llevar adelante sus negocios en un marco de desregulación, la respuesta de la sociedad civil probablemente sea mayor que antes, es decir la seguridad de las inversiones a realizarse estará comprometida por la propia idea de facilitarlas. Cuando entre gallos y medianoches las leyes se cambian sin debate previo ni consulta a los actores intervinientes, lo único que se genera es una mayor desconfianza en las capacidades estatales de control y la figura estatal asume un rol de garante de los negocios, en vez de aquella que controla los aspectos de las esferas económicas y sociales. Pero, nuevamente, la asunción de un rol menoscaba su función y perjudica su visión en el largo plazo. La próxima vez que se quiera decir que desde el Estado se garantizan determinadas cuestiones probablemente haya una oposición en base a los propios antecedentes que se están sentando hoy. 

Bonus track

Hasta acá llegamos hoy, veremos qué cambios nos deparan para la próxima entrega. Antes de que te vayas, te paso algunas cosas que me gustaron estas semanas y creo que pueden interesarte. Además, si todavía no lo hiciste y está entre tus posibilidades, podés suscribirte a los Mejores amigos de Cenital. En caso de que se te complique, siempre nos podés dar una mano difundiendo lo que hacemos, así esta comunidad es cada vez más grande. 

  • Se vienen varios cambios en las leyes de hidrocarburos. Diego Genoud entrevistó a Nicolás Gandini, director de Econojournal, sobre estas transformaciones. Son dos partes: la primera y la segunda;
  • También sobre hidrocarburos te dejo esta publicación de Twitter de Ana Aneise sobre el autoabastecimiento;
  • Un aspecto ambiental que nos quedó fuera de la entrega es la creación de los mercados de carbono. Acá lo analiza Eli Möhle;
  • Leandro Mora Alfonsín entrevistó en el ciclo País Productivo a Daniel Schteingarg, donde hablar de política industrial en el mundo y en Argentina;

Para cerrar, quizás ya te la recomendé, pero vi que este año sale la secuela, así que te recomiendo It Follows

Abrazo grande 

Nico

Escribe sobre temas de sectores y desarrollo productivo y trata, todo lo posible, de cruzarlo con datos. Le importa que estos sectores impulsen el bienestar social. Estudió economía en la UBA, se especializó en políticas sociales en UNTREF y arrancó una maestría en desarrollo económico en UNSAM. Es docente e investiga sobre Política Productiva en Fundar.